
La Justicia frena la reforma laboral y expone el frente más débil del Gobierno
La reforma laboral del Gobierno sufrió su primer golpe de fondo: la Justicia suspendió 82 artículos clave tras una cautelar impulsada por la CGT, en un fallo que pone en jaque el corazón del cambio normativo. La decisión no solo frena la aplicación de la ley, sino que expone una disputa abierta entre el Ejecutivo y el Poder Judicial sobre los límites del avance sobre derechos laborales.
La CGT consiguió una medida cautelar para suspender una gran parte del articulado de la reforma laboral promulgada por el gobierno nacional a principios de marzo.
El juez Raúl Horacio Ojeda consideró cumplidos los requerimientos para dictar una acción declarativa sobre la inconstitucionalidad de la norma, además de rechazar los argumentos de la Casa Rosada, que buscaron desconocer la representatividad de la CGT y denunciar una intromisión del Poder Judicial en las tareas del Legislativo.
De este modo, el juez procedió a suspender 82 artículos de la normativa de la ley 27.802.
Ojeda consideró válido el pedido cautelar de la CGT para evitar que “el cumplimiento de la norma ocasione perjuicios graves de imposible reparación ulterior" y resaltó la tarea del Poder Judicial sobre el control de “constitucionalidad y convencionalidad”, además de destacar que “la declaración de certeza que surgirá de este juicio, aportará seguridad jurídica" en favor del interés público, como también evitar una oleada de juicios a futu
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La presentación de la CGT pidió revisar la constitucionalidad de los artículos que introdujeron modificaciones sobre la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de ordenamiento de la Justicia Nacional ---motivo por el que la CGT había presentado un primer amparo que fue rechazado-- y las normas sobre convenciones colectivas de trabajo, trabajo rural, asociaciones sindicales y las convenciones internacionales que protegen la no regresividad en materia laboral.
“Una suspensión provisoria evitará mayores daños que los que provocaría, y evitará efectos jurídicos muy gravosos e irreversibles", sostuvo el juez Ojeda en su decisión para hacer lugar a la medida cautelar innovativa planteada por la CGT, decisión que contó también con la resolución favorable del fiscal Javier Fernández Madrid.
La presentación de la CGT estuvo firmada por los triunviros Jorge Alberto Sola (Seguro), Octavio Argüello (Camioneros) y Cristian Raúl Jerónimo (Vidrio); por su parte la defensa de la Casa Rosada pidió el rechazo de la cautelar por “inexistencia del caso” y buscó descreditar la presentación desconociendo la representación de la central sobre el conjunto de los trabajadores y marcando una intromisión del Poder Judicial en el Legislativo.
El juez Ojeda señaló que el Ejecutivo “al describir el objeto del reclamo, omite varias normas objetadas, lo que se puede interpretar como un simple error o como la ausencia de defensa" y citó un curioso párrafo de la argumentación oficial en el que señaló que los trabajadores no registrados no están representados por la central gremial y son “a quienes la ley atacada pretende brindar herramientas para que puedan insertarse en el marco legal de protección”.
Ojeda descartó esa posición y aseguró que la presentación cumple con los requisitos básicos para la cautelar y que “la Confederación General del Trabajo posee legitimación activa para impugnar los artículos señalados, tanto en lo que se refiere a derechos de la sindicalización, la negociación colectiva y la huelga, como en aquellos aspectos individuales comunes y homogéneas a todo el grupo de trabajadoras y trabajadores".
Respecto de la argumentación oficial sobre la validez de la reforma por su tratamiento legislativo y la posible intromisión del Poder Judicial que generaría que “toda la actividad legislativa del Estado sería en principio cuestionable”, el juez sostuvo que la intervención del Poder Judicial “es necesaria justamente para garantizar la división de poderes del sistema republicano” y defendió la independencia del Poder Legislativo “siempre y cuando se respete la Constitución Nacional, porque de lo contrario sería un título vacío, carente de contenido".
“Las competencias y los intereses son claramente distintos, pues mientras el poder político fluctúa con los tiempos electorales, el poder judicial permanece indiferente a esos cambios”, sostuvo el magistrado antes de hacer lugar a la cautelar de la CGT.
Con la reforma parcialmente frenada, el conflicto deja de ser técnico y se vuelve político. La disputa por el trabajo entra en una nueva fase, donde la Justicia se convierte en actor central y el Gobierno enfrenta un límite concreto a su agenda. Lo que está en juego ya no es solo una ley, sino el alcance real del poder para redefinir las reglas del mundo laboral.
Caída del empleo
Los indicadores económicos están reflejando cuál es el daño de la política de ajuste a la al bolsillo y a las posibilidades de mejoras de las familias argentinas. En todas las encuestas de opinión, las preocupaciones son el alza de los precios, que el dinero no alcanza y, en los últimos tiempos, aparece la pena y el miedo a perder el trabajo. Eso ocurre porque las cifras están dejando en claro que la pérdida de empleos es manifiesta a abarca a muchos sectores.
El empleo asalariado formal total en diciembre de 2025 representaba una pérdida de 109 mil puestos de trabajo (-1,1%) respecto de diciembre de 2024 y de 289 mil puestos de trabajo (-2,8%) respecto de noviembre de 2023. En una mirada de más largo plazo (desde enero de 2012), esta evolución ubica al número de asalariados formales en un valor similar al de junio de 2022.
Los datos que muestran que con Milei el trabajo está en serio riesgo pertenecen a un informe de Económicas de la UBA. El trabajo, coordinado por Roxana Maurizio y Luis Beccaria, y elaborado por el Área de Empleo, Distribución e Instituciones Laborales (EDIL), perteneciente al Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP), especifica qué pasó en el país y que ocurrió, además, con el salario mínimo.
Especifican que en diciembre (último dato disponible) aproximadamente 10.016 mil personas eran trabajadores asalariados registrados en la seguridad social, de acuerdo a los datos desestacionalizados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Ello incluye al empleo asalariado en el sector privado, en el sector público y en casas particulares.
Luego de las fases de caída –desde septiembre de 2023 a agosto de 2024–y de estancamiento – con leves alzas y bajas hasta abril de 2025–, el empleo asalariado formal total registró caídas consecutivas durante 8 meses, desde mayo a diciembre de 2025, que se profundizaron hasta octubre y se moderaron en los dos últimos meses.
En esa línea, afirman que el empleo se redujo en 14 provincias y aumentó en 6. Las mayores caídas porcentuales se dieron en San Luis (-0,9 por ciento), Chaco (-0,7 por ciento) y Catamarca (- 0,7 por ciento).
Mientras que las provincias de Buenos Aires y Córdoba fueron las que registraron la mayor parte de la variación negativa del empleo formal privado, con 57% y 18% respectivamente, las que experimentaron los mayores aumentos fueron Corrientes (+0,8%), Neuquén (+0,5%) y Formosa (+0,5%). En ambos casos, su contribución fue superior al peso del empleo provincial en el empleo asalariado privado total (de 31,5% y 8,4%, respectivamente).














