La Cámara Federal rechazó el traspaso de la Justicia Nacional a CABA

La Ley Ómnibus le da el poder judicial del ámbito federal al de la ciudad de Buenos Aires, donde los jueces aliados al Gobierno son mayoría. Los 24 miembros de la Cámara Civil Federal rechazaron estos artículos de la Ley. Podría declararse la inconstitucionalidad de la Ley si es aprobada.

Política 16/01/2024
Nota

Duro revés para el Gobierno

 

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil expresó hoy su rechazo “total y absoluto” a la iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional que pretende el “traspaso” de la Justicia Nacional al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, incluida en el proyecto de Ley “Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos”, porque "colisiona con elementales principios constitucionales".

El rechazo quedó plasmado en una acordada suscripta hoy por 24 de los miembros de la Cámara Civil cuyo contenido será puesto en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura, las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Relaciones Exteriores, Asuntos Constitucionales, y Legislación General, la Cámara de Diputados, el Senado, y el Ministerio de Justicia.

“La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil manifiesta su profunda preocupación frente al proyecto de 'traspaso' de la Justicia Nacional incluido en el artículo 439 del ‘Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos’, que se encuentra actualmente a estudio del Congreso de la Nación”, sostuvieron los jueces en la Acordada a la que accedió Télam.

“El pretendido 'traspaso' colisiona con elementales principios constitucionales, lesiona el principio de inamovilidad de los magistrados, y desconoce que la Ciudad de Buenos Aires -más allá de su carácter autónomo- es también la capital de la República, y que por ese hecho, la subsistencia de la Justicia Nacional hace a la garantía de los intereses del Estado Nacional -y de las provincias que componen la Nación-, salvaguardada expresamente por el artículo 129 de la Constitución Nacional”, manifestaron.

La Justicia Nacional en lo Civil decide de modo cotidiano en “causas de accidentes de tránsito que suceden en los más diversos rincones de la República –puesto que las compañías de seguro suelen tener su asiento principal en la Capital de la Nación-, accidentes de transporte interjurisdiccional (como la denominada ‘Tragedia de Once´), y casos de responsabilidad derivados de daños al consumidor”, pusieron como ejemplo.

También interviene en casos de “responsabilidad de los medios de prensa de alcance nacional (prácticamente todos ellos domiciliados en la Ciudad), responsabilidad de los intermediarios en Internet (se recuerdan, solo a título de ejemplo, los casos ‘Belén Rodríguez’, ‘Gimbutas’, ‘Paquez’ y ‘Denegri’, todos ellos originados en la Justicia Nacional en lo Civil y resueltos en última instancia por la CSJN”, detallaron.

Se trata del fuero que además interviene en “controversias contractuales relativas a fideicomisos, clubes de campo, barrios privados, locaciones de obra, locaciones de servicios, locaciones de cosas, o mutuos hipotecarios –entre otras-, cuya ejecución tiene lugar en diversas provincias”, enumeraron.

“Así las cosas, incluso si se soslayara la naturaleza federal de varias de las competencias que ejercen los fueros nacionales, el hecho de que sus decisiones se proyecten en todo el territorio de la República, y tengan un efecto muy concreto para los habitantes de las diversas provincias que la componen, justifica ampliamente que los magistrados que los integran sigan perteneciendo a la Justicia Nacional, sean nombrados con la intervención del Consejo de la Magistratura de la Nación, a instancias del Poder Ejecutivo Nacional, y con acuerdo del Senado”, señalaron los jueces.

Si la selección y el enjuiciamiento de esos magistrados dependiese únicamente de la Ciudad de Buenos Aires, “se consagraría en la práctica un notable retroceso del federalismo, pues las Provincias –y sus habitantes- se verían afectadas en aspectos esenciales de su actividad económica y social por decisiones de jueces en cuya designación y contralor no habrían tenido ninguna participación”, expresaron.

En ese contexto, los integrantes de la Cámara Civil manifestaron que “se ve en la obligación de alertar en el sentido de que la adopción de la norma propuesta, y el consiguiente ‘traspaso’, podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado argentino, por violación de las referidas garantías inherentes a la función judicial, imprescindibles en cualquier estado democrático”.

 

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