
Sáenz, Jaldo y Jalil respaldan la modernización laboral que impulsa Milei, pero advierten que no votarán un texto que recorte recursos provinciales. Reclaman compensaciones por la pérdida coparticipable y ponen sus votos en negociación en el Senado.


El ministro de Economía, Luis Caputo, reveló el modelo mediante el cual las empresas deberán calcular el incremento de las facturas en mayo y en los meses venideros, hasta septiembre. Además, habrá multas para aquellas que "se nieguen a limitar el ajuste".
Política 03/05/2024
El gobierno de Javier Milei anunció este jueves 2 de mayo la nueva fórmula de aumentos permitida para las empresas de medicina prepaga, que deberán retrotraer sus cuotas a diciembre del 2023 y aplicar subas que no superen a la inflación.
Así lo informó el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, a través de un comunicado oficial, donde detalló los pormenores de esta resolución, relacionada con la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, en el marco de un reciente dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).
Según describió la cartera, "el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación", haciendo énfasis en que estos "no podrán superar la cuota del plan" de dicho mes multiplicada por uno más la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado y difundido mensualmente por el INDEC, "vigente al momento de la facturación" y dicha variable correspondiente al último mes del año pasado.
Según un periodista, “si las prepagas retrotraen los precios, el índice de inflación podría estar cerca del 7%”
Por ejemplo, si el valor de la cuota que un usuario abonó en diciembre fue de $110.000, entonces para la factura de abril, si se cumplen las condiciones para que esto sea así, su empresa no podrá cobrarle más de $212.630. Mientras que, si corresponde la misma al mes de mayo, el tope máximo es de $236.060.
De haber abonado en diciembre unos $300.000, el techo de facturación para abril no podrá superar los $579.900 y, para mayo, deberá ser igual o menor a $643.800.
El alcance de la medida "es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia", indicó el texto.
De esta manera, las entidades que deberán aplicar esta medida, que se extenderá por los próximos cinco meses, hasta septiembre, inclusive, son Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Omint, Osde y Swiss Medical, esta última, propiedad del empresario Claudio Belocopitt.
Aunque la medida del Gobierno Nacional es significativa en cuanto a impacto, ya que dichas compañías nuclean al 75% de los más de seis millones de afiliados al sistema privado de salud, a raíz de la denuncia e investigación de la CNDC por presunta "cartelización" se podrían sumar a la resolución 13 compañías más en breve.
Ellas son: Medicus, ACA, Accord, Sancor, Hospital Italiano, Fundación Güemes, Prevención Salud, Mutual Federada, Mutual Jerárquicos, Medicina Esencial y Pasteur.

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